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jueves, 10 de mayo de 2007

Senado aprueba enmienda PP sobre arqueo o potencia propulsora flota pesquera

Fuente: Terra

La Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación del Senado aprobó hoy por unanimidad una enmienda de modificación del PP al Proyecto de Ley sobre la regularización Registro de Buques y en el Censo de la Flota Pesquera Operativa en lo que se refiere al arqueo o potencia propulsora de las embarcaciones.

Esta enmienda, que será debatida posteriormente en el Pleno del Senado, resalta que en el supuesto de que los cambios supongan incrementos de arqueo o potencia propulsora, se deberán aportar las unidades operativas pesqueras equivalentes que compensen dichos incrementos, de acuerdo con los criterios aplicables a la construcción y modernización de buques pesqueros.

Además, la Comisión de Agricultura rechazó una enmienda de Convergencia i Unió (CiU) y 12 más del Grupo Popular, que se referían entre otras cosas a la tolerancia en arqueo y potencia propulsora y sobre el lugar donde deberán solicitarse la actualización de las inscripciones de buques.

La senadora y portavoz Socialista Patricia Hernández aseguró a Efeagro que este Proyecto es 'muy positivo', ya que supone un 'beneficio' para los pescadores en situación irregular y aporta seguridad al sector.

Por su parte, el senador por el Grupo Popular Juan Antonio Rodríguez Marín, explicó que las principales diferencias con el PSOE radican en el orden de actuación de las Comunidades Autónomas y Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en los plazos para la inspección de buques por parte de la Capitanías, por considerar que son 'cortos'.

El Proyecto de Ley fue aprobado en Consejo de Ministros en noviembre de 2006, y será un instrumento para que el Estado registre las embarcaciones que forman parte de la flota pesquera española y en el que constan los datos relativos a sus características técnicas y estructurales y de sus armadores y propietarios.

Este Proyecto estipula que en el supuesto de que los cambios en los buques supongan incrementos de arqueo o potencia propulsora se deberán aportar las unidades operativas pesqueras equivalentes que compensen dichos incrementos, de acuerdo con los criterios aplicables a la construcción y modernización establecidos en la normativa nacional y comunitaria.

Asimismo, se determinan las condiciones para la regularización y actualización y se articula un procedimiento unificado para la tramitación de expedientes en el que participarán los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, las Capitanías Marítimas y el MAPA.

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