Dirección del CHAT


El Blog no se hace responsable por las opiniones emitidas en este espacio. Los comentarios aquí publicados son responsabilidad de quién los escribe.

viernes, 17 de agosto de 2007

El "nombramiento" de Reyes Carrillo puede ser impugnado ante la Contraloría del Estado para impedir que sea ratificado como nuevo director de la API e

Fuente: Por Esto

El Puerto de Altura de Progreso, que posee una posición estratégica envidiable, representa uno de los puntales más firmes para el desarrollo de Yucatán y por ello mismo es pretendido por grupos empresariales, tanto nacionales como extranjeros, que han ponderado su potencial económico.


Alberto Reyes Carrillo, ex Secretario de Planeación estatal, está legalmente impedido para asumir la titularidad de la API de Progreso/ Su "nombramiento" viola flagrantemente el artículo 39 fracción XV de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Yucatán, además de que carece de los conocimientos y experiencias mínimas que la ley exige para ese cargo

Alberto Reyes Carrillo, ex Secretario de Planeación estatal, está impedido legalmente para asumir la titularidad de la Administración Portuaria Integral (API) de Progreso, pues además de que viola flagrantemente el artículo 39 fracción XV de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Yucatán (LRSPEY), carece de los conocimientos y experiencias mínimas que la ley exige para ese cargo.

La imposición que se pretende consumar con su nombramiento requiere de una respuesta firme e inteligente de la gobernadora Ivonne Ortega Pacheco y la oportunidad se le presentará el próximo 21 de agosto, cuando se reunirá el Consejo de Administración de la API de Progreso para confirmar o rechazar la designación del nuevo director.
El Puerto de Altura de Progreso, que posee una posición estratégica envidiable, representa uno de los puntales más firmes para el desarrollo de Yucatán y por ello mismo es pretendido por grupos empresariales, tanto nacionales como extranjeros, que han ponderado su potencial económico.

Así lo confirma la siguiente información:

--La empresa Terminal de Contenedores de Yucatán, S.A., que tiene la concesión exclusiva por 39 años del manejo de contenedores en el puerto de Progreso, construyó un almacén fiscal en los patios de la Terminal Remota, el cual es operado formalmente por un grupo de empresarios yucatecos, que son los que dan la cara al público, pero que en realidad sirven de "pantallas" de poderosos intereses políticos y económicos.

El gerente del citado almacén fiscal es el Lic. Jorge Avila, sobrino político de Patricio Patrón Laviada. El "Alto Vacío", que tiene fuertes intereses en ese sitio, es asesorado en estos menesteres por Gabriel Cámara Roche, uno de los operadores de José Guy Puerto Espinosa, quien sirvió de enlace con el español Guillermo Rubio Sanz, durante el enlodado proceso de licitación de la Terminal de Contenedores. De manera que el "Tico" Reyes, que en materia de puertos y aduanas no sabe prácticamente nada, no será más que un títere en manos de Cámara Roche.

El impedimento legal

Cuando "Tico" Reyes Carrillo se desempeñó como titular de la Secretaría de Planeación estatal, intervino en la regulación y supervisión de los proyectos ejecutados por la API donde ahora pretende laborar, situación que prohíbe tajantemente la fracción XV del artículo 39 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Yucatán (LRSPEY).

En efecto, esa norma enumera en su artículo 39 las obligaciones de los servidores públicos para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y precisa en su fracción XV que el funcionario debe abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones, de "aceptar empleo, cargo o comisión que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público del que se trate, en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que impliquen intereses en conflicto. ESTA PREVENCIàN ES APLICABLE HASTA UN AñO DESPUéS DE QUE SE HAYA RETIRADO DEL EMPLEO, CARGO O COMISIàN".

La API es, con base en su escritura constitutiva, una persona moral como lo evidencia también su registro oficial: Administración Portuaria Integral de Progreso, S.A. de C.V., lo que le impide contratar a un ex funcionario que estuvo vinculado con su operación, como claramente manda el artículo 39 fracción XV expuesto párrafos arriba.

La presencia de Reyes Carrillo como titular de la API encaja en el supuesto de los intereses en conflicto, prohibido precisamente en el artículo señalado.
Por norma legal, los programas operativos de la API eran notificados a Reyes Carrillo, como responsable de la integración del Plan Estatal de Desarrollo y por formar parte del Comité de Planeación para el Desarrollo.

Además, el ex funcionario todavía no está libre de la responsabilidad por la entrega a la nueva administración de la documentación y bienes de la dependencia que estuvo a su cargo.

Queda claro que la LRSPEY no prohíbe a Reyes Carrillo ser el titular de la API, siempre y cuando haya transcurrido un año de dejar el cargo, requisito que no cumple ese ex funcionario, quien apenas el 31 de julio pasado dejó de fungir como Secretario de Planeación del Gobierno del Estado.

En consecuencia, y en caso de existir voluntad política por parte del Ejecutivo estatal, su nombramiento puede ser impugnado ante la Contraloría del Estado para impedir que sea ratificado como nuevo director de la API en Progreso.

Ayer publicamos que la imposición de Reyes Carrillo como administrador de la API de Progreso, una maniobra evidentemente política, tiene como fin proteger los oscuros negocios de la ex pareja presidencial Fox-Sahagún y los de Patricio Patrón Laviada, quien tiene fuertes compromisos y lazos de negocios con grupos empresariales de Barcelona, a quienes entregó, sin licitación de por medio, la Plataforma Logística de Exportación, en la que operarían un Recinto Fiscal Estratégico, sin supervisión oficial de ningún tipo.

Por último, Alberto Reyes Carrillo no puede acreditar experiencia y conocimiento para desempeñar el nuevo encargo al que aspira, lo que constituye un impedimento técnico y legal en su contra.
(Rafael Mis Cobá)

No hay comentarios.: