Dirección del CHAT


El Blog no se hace responsable por las opiniones emitidas en este espacio. Los comentarios aquí publicados son responsabilidad de quién los escribe.

lunes, 28 de enero de 2008

Ordenan a Pemex resarcir daño mayor a $66 millones

Fuente: La Jornada
Roberto Garduño

La empresa Arrendadora Ocean Mexicana, vinculada con los hermanos Manuel y Jorge Alberto Bribiesca Sahagún, fue beneficiada por el gobierno de Vicente Fox, por conducto de Petróleos Mexicanos (Pemex), con millonarias adjudicaciones que no estuvieron fundadas ni motivadas por mejores condiciones de economía, imparcialidad y honradez, determinó la Auditoría Superior de la Federación (ASF). El órgano fiscalizador ordenó a la paraestatal solventar el daño al erario, que asciende a 66 millones 275 mil pesos.

Pemex benefició a ese consorcio al otorgarle contratos millonarios desoyendo incluso propuestas económicas más bajas de una filial de la paraestatal con prestigio en servicios de arrendamiento.

Durante la gestión de Luis Ramírez Corzo, su coordinador de asesores, Juan Marco Issa, operó la adjudicación de contratos de arrendamiento de buques-tanque a Ocean Mexicana, lo cual le valió, tiempo después, ser nombrado presidente del grupo, que aglutina a las empresas Blue Marine, Subtec y Ocean, sostuvo el presidente de la Comisión de Marina de la Cámara de Diputados, José Manuel del Río.

En el Informe de resultados de la revisión y fiscalización superior de la cuenta pública 2005, la ASF estableció que en el análisis de los ocho contratos del procedimiento de adjudicación directa, derivado de dos licitaciones públicas declaradas desiertas por 348 millones 707 mil pesos, “se detectó que en los contratos adjudicados a Ocean Mexicana, números 4500155808 y 4500171600 del buque-tanque Torm Asia por 63 millones 92 mil pesos y 12 millones 618 mil pesos, respectivamente, y 4500176478, por 24 millones 742 mil del buque-tanque Akrotir (antes denominado Torm Asia), se observó que las adjudicaciones no estuvieron fundadas ni motivadas por mejores condiciones para el Estado (economía, imparcialidad y honradez).

“En incumplimiento de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución y 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en virtud de que la entidad fiscalizada (Pemex) no aclaró con documentación la adjudicación de dichos contratos, al asignarlos a un precio de 38 mil 500 dólares por día, sin considerar la cotización de PMI, Trading LTD, filial de Pemex Refinación, que cotizó 15 mil dólares por día.”

Es decir, se otorgaron las ofertas más altas, 23 mil dólares por día, y por tanto, al 31 de diciembre de 2005, Pemex pagó por los contratos citados un monto excesivo respecto de la propuesta más baja, que fue de 66 millones 275 mil pesos.

Y es que PMI, Trading Ltd, con prestigio mundial en arrendamiento y contratación de buques-tanque, ofertó el mejor precio –según un análisis elaborado por la firma internacional Mallory Jones Linch Flyn and Associates– al ofrecer los servicios de su buque-tanque Libra, que con anterioridad ya había sido contratado por la paraestatal.

“No obstante dichas características, la adjudicación no se llevó a cabo de acuerdo con lo estipulado en el numeral cuatro del dictamen de justificación de las razones para ejercer la acción de excepción a la licitación pública, que a la letra dice: en la adjudicación será considerado el criterio costo-beneficio al proveedor, cuya oferta ofrezca el mayor beneficio para Pemex Refinación en cuanto al costo de barriles transportados, resultado de evaluar los costos por consumo de combustible durante el ciclo operativo y la capacidad efectiva de carga ofertada en barriles naturales.”

Así, la ASF, con fundamento en los artículos 16 y 51 de la Ley de Fiscalización “presume un probable daño al patrimonio de la hacienda pública federal por 66 millones 275 mil pesos, en virtud de que Pemex Refinación asignó a Arrendadora Ocean Mexicana los contratos marítimos (cuyo número se cita arriba) con la cotización más alta, por 38 mil 500 dólares por día, en lugar de la propuesta de la filial PMI, Trading Ltd, que cotizó en 15 mil dólares. El pliego de observaciones se formulará con independencia de las responsabilidades que proceden, con el fin de que Pemex Refinación proceda a solventarlo”.

A pesar de esa conclusión, la Secretaría de la Función Pública contradijo y se pronunció contra la posibilidad de que la subsidiaria de Pemex fuera beneficiaria de los contratos de arrendamiento, no obstante el menor monto que cobraba por el servicio.

La unidad de asuntos jurídicos de la dependencia, en una salida leguleya, refiere que la contratación de PMI estaría fuera del ámbito de la aplicación de la Ley de Adquisiciones:

“Es de considerar que al ser PMI una paraestatal, las contrataciones que realice Pemex Refinación con PMI se ubicarían en el supuesto de excepción previsto en el artículo primero de la Ley de Adquisiciones y tercero de su reglamento, es decir, dichas contrataciones no se encuentran sujetas al ámbito de dichos ordenamientos, siempre y cuando PMI, en su carácter de proveedor, cuente con la capacidad para cumplir el objetivo del contrato y no requiera contratar terceros para el cumplimiento de sus obligaciones un porcentaje superior a 49 por ciento del importe total del contrato.”

2 comentarios:

Anónimo dijo...

I have recently started a site, the info you offer on this website has helped me
greatly. Thank you for all of your time & work.


My blog: Wiki.soporte.facturaexpress.org

Anónimo dijo...

obviously like your web-site but you need to check the

spelling on several of your posts. Many of them are rife with spelling
issues

and I find it very bothersome to tell the truth nevertheless I’ll certainly come

back again.

My weblog: http://tv4.ro